Aceptar solicitudes y realizar compromisos en Seattle

Aceptar solicitudes y realizar compromisos en Seattle

Actualizado: 22 de octubre de 2022

Este apéndice solo se aplica a usted si realiza o proporciona Servicios en Seattle, Washington. En virtud de la Ordenanza de Protección de Contratistas Independientes de Seattle (la “Ordenanza”), usted: (i) tiene derecho a divulgaciones previas al contrato y de pago (incluido un aviso por escrito que establece los términos/condiciones propuestos de trabajo y pago, y un aviso por escrito que establece la información de pago detallada), según lo establecido en el Capítulo 14.34; (ii) tiene derecho al pago oportuno de conformidad con la notificación por escrito y/o el contrato (si no se especifica la fecha límite para el pago, tiene derecho al pago dentro de los 30 días posteriores a la finalización de los servicios en virtud del contrato), como se establece en el Capítulo 14,34; (iii) tiene derecho a ser protegido contra represalias por ejercer de buena fe los derechos protegidos por el Capítulo 14.34; y (iv) tiene derecho a presentar una queja ante la Oficina de Normas Laborales y/o iniciar una acción civil por violaciones del Capítulo 14.34. Sin embargo, usted reconoce y acepta que cualquier reclamación que desee presentar en virtud de la Ordenanza está sujeta a arbitraje individual de conformidad con la Disposición de Arbitraje del Acuerdo.